La violencia psicológica, aunque ha existido siempre, su configuración legal como tipo penal autónomo e independiente es relativamente nuevo. Este tipo de violencia puede presentarse de manera verbal y puede tener un efecto psicológico significativo en la víctima.
Principio de Proporcionalidad y Violencia Psicológica
El principio de proporcionalidad implica que la pena impuesta debe ser coherente y equitativa con el daño o peligro derivado del delito en cuestión. En el caso de la violencia psicológica, la sanción no se sustenta en la proporcionalidad del daño causado, ya que la pena más grave o más severa para este tipo penal es de tres años de privación de libertad, independientemente del daño causado a la víctima.
Consecuencias de la Violencia Psicológica
La violencia psicológica tiene efectos nocivos en la calidad de vida de las personas, afectando su personalidad, autoestima y puede ser un causal de suicidio. Además, tiene consecuencias de largo alcance para las mujeres, sus hijos y la sociedad en su conjunto, afectando no solo a nivel físico, sino también en el ámbito laboral, económico, social, familiar y psicológico.
Desigualdad de Género y Violencia Psicológica
La violencia contra la mujer se considera una violación de los derechos humanos básicos y tiene sus raíces en la desigualdad de género, el abuso de poder y las normas dañinas. Las mujeres que experimentan violencia de pareja se perciben a sí mismas como menos poderosas que sus abusadores, y la desigualdad de género y las condiciones estructurales socioeconómicas son facto
res que inciden en el entorno de violencia contra las mujeres